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Conoce el aumento extra para miles de jubilados en mayo

A quiénes les corresponde el plus en dos tramos atado a la suba del Salario Mínimo, cuánto deben cobrar y cuál es el calendario para todos los beneficiarios

Este jueves 9 de mayo arrancó el calendario de pagos de ANSES para mayo 2024 y millones de personas empezaron a recibir sus prestaciones, muchos de ellos con aumento y bono, como es el caso de los jubilados y pensionados.

Sin embargo, este grupo tendrá un incremento extra a raíz de la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), pero es importante saber que no le corresponde a todos los titulares y por eso a continuación explicamos a quiénes está destinado.

Además, cuánto cobran los jubilados con doble aumento y bono de $70.000, cuáles son las fechas de pago y cómo consultar el recibo de haberes para conocer los montos y descuentos en mayo.

¿Qué jubilados tienen un aumento extra?


Recientemente se estableció un nuevo aumento en dos tramos para el salario mínimo mediante un decreto oficializado por el Gobierno Nacional. Dicho ajuste alcanza a otros titulares, como es el caso de algunos jubilados que deben alcanzar el 82% móvil.

Se trata de todas aquellas personas que se jubilaron con 30 años de aportes efectivos y sin moratoria que reciben un haber mínimo. La suba de abril, que se cobra en mayo, llevó al salario a $221.052, lo que significa que los jubilados deben recibir $9.979,33 adicionales.

Desde este mes, el salario se elevó a $234.315,12 y la diferencia para los beneficiarios será de $1.996,80, lo cual debería impactar en junio porque las liquidaciones se realizaron antes del anuncio del SMVM y porque en general los aumentos impactan a mes vencido.

¿Quiénes cobran el bono para jubilados en mayo?


El refuerzo de $70.000 alcanza a jubilados y pensionados de ANSES que tengan haberes menores o iguales a la mínima. Esto incluye a:

.Titulares de jubilaciones y pensiones contributivas.
.Pensión No Contributiva para Madres de 7 hijos.
.Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
.PNC por vejez, invalidez o discapacidad y otro tipo de pensiones no contributivas.


De todas maneras, aquellos que superen el haber mínimo recibirán un bono proporcional hasta alcanzar un tope máximo ($260.141,60). Esto significa que las personas con dos haberes no recibirán el extra.

¿Cuánto cobran los jubilados y pensionados?


Todos los titulares tienen el 11,01% de aumento este mes y el refuerzo de $70.000. En cambio, otros sumarán el plus del salario mínimo. Los montos son:

.Jubilación mínima > el haber mínimo se eleva a $190.141,60. Al agregar el bono de $70.000, el total sube a $260.141,60. Aquellas personas que se jubilaron con los 30 años de aportes, tendrán ese leve incremento extra para alcanzar el 82% móvil, lo que quedará aclarado en el recibo.


.Dos haberes mínimos > $380.283,20 sin bono.


.Jubilación máxima > $1.279.472,92 sin bono.


Cabe recordar que las pensiones no contributivas también tienen aumento y refuerzo en mayo. Para ver el recibo de sueldo hay que ingresar a la sección ‘Jubilaciones y pensiones’ y luego a ‘Consultar recibos de haberes’ dentro de la aplicación Mi ANSES.

Fecha de pago de jubilaciones y pensiones

El cronograma arrancó el jueves 9 de mayo con los documentos terminados en 0 para quienes cobran la jubilación mínima. Las fechas son:

  • DNI terminados en 0 > jueves 9 de mayo
  • DNI terminados en 1 > viernes 10 de mayo
  • DNI terminados en 2 > lunes 13 de mayo
  • DNI terminados en 3 > martes 14 de mayo
  • DNI terminados en 4 > miércoles 15 de mayo
  • DNI terminados en 5 > jueves 16 de mayo
  • DNI terminados en 6 > viernes 17 de mayo
  • DNI terminados en 7 > lunes 20 de mayo
  • DNI terminados en 8 > martes 21 de mayo
  • DNI terminados en 9 > miércoles 22 de mayo

En cambio, aquellos que superan el haber mínimo tienen el siguiente calendario:

  • DNI terminados en 0 y 1 > jueves 23 de mayo
  • DNI terminados en 2 y 3 > viernes 24 de mayo
  • DNI terminados en 4 y 5 > lunes 27 de mayo
  • DNI terminados en 6 y 7 > martes 28 de mayo
  • DNI terminados en 8 y 9 > miércoles 29 de mayo

Para conocer la fecha y lugar de cobro, se puede ingresar a la sección ‘Cobros’ de Mi ANSES.

Contacto: mensajes@jachalmagazine.com.ar

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Sociedad y Economía

Los cambios que propone el Gobierno en la Carta Orgánica del Banco Central

El Gobierno enviará al Congreso la reforma de la Carta Orgánica del BCRA para prohibir la emisión, reforzar la independencia y limitar la asistencia al Tesoro.

La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central volvió al centro del debate político y económico luego de que el presidente Javier Milei confirmara que enviará al Congreso un proyecto para modificar la ley que regula el funcionamiento del BCRA. La iniciativa es considerada una de las apuestas económicas más relevantes del Gobierno para el segundo semestre y apunta a reforzar la independencia del organismo, prohibir el financiamiento del déficit fiscal mediante emisión monetaria y redefinir sus objetivos institucionales.

Según fuentes oficiales citadas por la Agencia Noticias Argentinas, Milei tiene previsto presentar los lineamientos centrales de la reforma esta semana mediante un mensaje grabado desde el Salón Blanco de la Casa Rosada, acompañado por el equipo económico. Luego, el proyecto será remitido al Congreso, con la intención de que ingrese por el Senado para iniciar su tratamiento legislativo.

La propuesta es elaborada por el Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo; el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conducido por Federico Sturzenegger; y el presidente del Banco Central, Santiago Bausili. Para la Casa Rosada, se trata de una reforma estructural destinada a blindar el programa económico y evitar que futuras administraciones utilicen al Banco Central para financiar el gasto público.

La Carta Orgánica del Banco Central, establecida por la Ley 24.144 sancionada en 1992, define la misión del organismo, sus objetivos, facultades y límites. Regula la política monetaria y cambiaria, la administración de reservas, la supervisión del sistema financiero y las condiciones bajo las cuales el BCRA puede asistir financieramente al Estado. En 2012, durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner, una reforma impulsada por Mercedes Marcó del Pont amplió significativamente las funciones del Banco Central, incorporando metas vinculadas al desarrollo económico, el empleo y la equidad social, además de flexibilizar los mecanismos de asistencia al Tesoro.

Uno de los puntos más sensibles de la normativa vigente es el artículo 20, que regula los “adelantos transitorios” al Tesoro Nacional. La ley permite otorgar préstamos equivalentes al 12% de la base monetaria y un adicional del 10% de los recursos en efectivo obtenidos por el Gobierno en los últimos doce meses. Estos fondos deben devolverse en un año y, si permanecen impagos, el mecanismo no puede volver a utilizarse. Este esquema es uno de los aspectos que el Gobierno pretende modificar para impedir que el Estado financie su déficit mediante emisión.

Aunque el texto definitivo aún no fue presentado, el Gobierno adelantó algunos ejes centrales: prohibición expresa de financiar déficit con emisión, mayor independencia institucional del Banco Central, condiciones más estrictas para remover autoridades, eliminación de utilidades contables salvo casos excepcionales, fin del mecanismo de letras intransferibles y sanciones penales para funcionarios que vulneren la autonomía del organismo o autoricen emisiones prohibidas. También se evalúa incorporar el concepto de “shutdown”, un mecanismo que limitaría el funcionamiento del Estado si se agotaran las partidas del Presupuesto aprobado.

Durante la campaña presidencial de 2023, Milei había prometido cerrar el Banco Central, pero ya en funciones optó por impulsar una reforma profunda de su estructura institucional. En distintas exposiciones sostuvo que el BCRA debe concentrarse exclusivamente en preservar el valor de la moneda y garantizar la estabilidad monetaria.

El Gobierno prevé enviar el proyecto al Congreso una vez finalizado el receso invernal y buscará acelerar su tratamiento durante el segundo semestre. En los últimos días, Milei mantuvo reuniones con legisladores de La Libertad Avanza para explicar los lineamientos de la iniciativa y despejar dudas antes de su presentación formal. Para la Casa Rosada, la modificación de la Carta Orgánica constituye una reforma clave para consolidar un esquema monetario que impida el financiamiento del gasto público mediante emisión y fortalezca la estabilidad de largo plazo.

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ARCA actualizó el monotributo: así quedaron las cuotas desde agosto

ARCA habilitó la segunda recategorización del año para el monotributo. Quiénes deben hacer el trámite, hasta cuándo hay tiempo y cuáles son las nuevas cuotas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la segunda recategorización semestral del monotributo. Además, desde agosto entran en vigencia las nuevas cuotas y los topes de facturación actualizados para todas las categorías.

La actualización implica un aumento en las cuotas mensuales del monotributo y en los montos máximos de ingresos brutos permitidos para cada categoría. El ajuste se realiza de forma semestral y se calcula según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicada por el Indec, que acumuló un 16,8% durante el primer semestre del año.

Quiénes deben recategorizarse y hasta cuándo

Los monotributistas que hayan registrado cambios en los parámetros de su actividad deberán realizar la recategorización. El trámite estará habilitado hasta el 5 de agosto y permitirá actualizar la categoría de acuerdo con la situación fiscal de cada contribuyente.

Para determinar si corresponde cambiar de categoría, ARCA evalúa los siguientes parámetros correspondientes a los últimos 12 meses:

Ingresos brutos.
Alquileres devengados.
Superficie afectada a la actividad.
Consumo de energía eléctrica.

Quienes mantengan los mismos parámetros de su categoría actual no deberán realizar la recategorización. Además, los contribuyentes con menos de seis meses de actividad quedan exceptuados de este trámite.

Cómo hacer la recategorización del monotributo

La recategorización del monotributo se realiza de manera online a través del sitio web de ARCA. Una vez completado el trámite, el organismo informará la nueva categoría asignada y el importe que deberá abonarse desde agosto.

Para realizar la gestión, los contribuyentes deben seguir estos pasos:

  • Ingresar al portal de ARCA con CUIT y Clave Fiscal.
  • Acceder al servicio Monotributo.
  • Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
  • Revisar la información disponible y hacer clic en “Continuar recategorización”.
  • Actualizar los datos, en caso de que corresponda.
  • Confirmar el trámite y descargar el Formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

Nuevas escalas del monotributo desde agosto

Con la actualización semestral, ARCA también modificó los topes máximos de facturación de cada categoría del monotributo. Estos serán los nuevos límites anuales vigentes desde agosto:

  • Categoría A: hasta $12.009.410,45.
  • Categoría B: hasta $17.595.182,74.
  • Categoría C: hasta $24.670.494,31.
  • Categoría D: hasta $30.628.651,43.
  • Categoría E: hasta $36.028.231,33.
  • Categoría F: hasta $45.151.659,41.
  • Categoría G: hasta $53.995.798,87.
  • Categoría H: hasta $81.924.660,37.
  • Categoría I: hasta $91.699.761,90.
  • Categoría J: hasta $105.012.519,20.
  • Categoría K: hasta $126.610.838,75.

Cuánto habrá que pagar por mes

Además de actualizar las escalas, ARCA incrementó las cuotas mensuales del monotributo. Los nuevos valores, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, son los siguientes:

  • Categoría A: Servicios $49.527,18 | Bienes $49.527,18.
  • Categoría B: Servicios $56.379,08 | Bienes $56.379,08.
  • Categoría C: Servicios $66.020,12 | Bienes $64.530,58.
  • Categoría D: Servicios $84.612,93 | Bienes $82.564,81.
  • Categoría E: Servicios $119.811,45 | Bienes $108.267,51.
  • Categoría F: Servicios $150.784,21 | Bienes $129.930,65.
  • Categoría G: Servicios $230.312,94 | Bienes $158.815,05.
  • Categoría H: Servicios $522.706,68 | Bienes $317.895,01.
  • Categoría I: Servicios $963.747,86 | Bienes $474.992,78.
  • Categoría J: Servicios $1.167.299,76 | Bienes $580.793,69.
  • Categoría K: Servicios $1.614.446,04 | Bienes $702.103,24.

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Sociedad y Economía

Becas Progresar: cómo reclamar si la solicitud fue rechazada por motivos académicos

Capital Humano aclaró cómo reclamar rechazos académicos de Becas Progresar Superior. El trámite es online, permite corregir datos y debe hacerse antes del 3 de julio.

El Ministerio de Capital Humano informó cómo deben reclamar los estudiantes cuya solicitud de Becas Progresar Superior fue rechazada por motivos académicos. La aclaración llega en medio de la espera de miles de postulantes que aún no recibieron una respuesta oficial y que, en caso de haber sido rechazados por errores en la información académica, todavía pueden pedir una revisión. El trámite debe realizarse de manera virtual y antes del 3 de julio de 2026.

Según explicó la cartera, la instancia de reclamos está dirigida exclusivamente a quienes recibieron un rechazo por inconsistencias en la carrera declarada, las materias informadas o la certificación académica realizada por la institución educativa. Una vez enviado el reclamo, la solicitud vuelve a revisión, aunque la decisión final queda en manos de la Secretaría de Educación.

Para iniciar el proceso, el estudiante debe ingresar al portal de Becas Progresar con su usuario de Mi Argentina, acceder a la sección “Mis solicitudes” y seleccionar el botón azul “Reclamo académico”. Allí podrá revisar y corregir la información vinculada a su carrera o a las materias cursadas. Tras confirmar el trámite, el estado de la solicitud debería cambiar a “En reclamo”. Si esto no ocurre, se recomienda verificar nuevamente el procedimiento antes del cierre del plazo.

Capital Humano recordó que la presentación del reclamo es solo el primer paso. Luego, la universidad o instituto donde cursa el estudiante deberá ingresar al sistema para certificar la información actualizada. Recién después de esa validación, la Secretaría de Educación volverá a evaluar la inscripción.

Ante las consultas, se aclaró además que el reclamo solo puede realizarse de manera online y no es posible gestionarlo en oficinas de Anses, ya que el organismo previsional no interviene en esta instancia del programa.

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