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Sociedad y Economía

Si tenés entre 18 a 65 años podés pedir un crédito hipotecario UVA

Conocé cuáles son todos los requisitos para acceder a un crédito hipotecario 2024

Hace pocos días, algunos bancos tomaron la decisión de ofrecer créditos hipotecarios UVA de hasta $250.000.000 con la posibilidad de financiarlo hasta en 30 años. Para poder acceder es necesario cumplir con algunos requisitos.

Este lunes, ya se habilitaron las inscripciones de los créditos hipotecarios que ofrece la Ciudad de Buenos Aires a través del Banco Ciudad. Este préstamo ofrece hasta $250.000.000 con un plazo de devolución de 20 años y para acceder es necesario ser cliente de la entidad.

En ese marco, el banco que ofrece un plazo de hasta 30 años es el Banco Hipotecario y otro de los requisitos es tener entre 18 y 65 años al solicitar el crédito UVA.

Créditos Hipotecarios 2024: Banco Hipotecario


Las solicitudes se habilitarán en los próximos días.


El Banco Hipotecario ofrece un crédito para vivienda de hasta $250.000.000 con la posibilidad de devolverlo en hasta en 30 años:

Las personas que cobran a través del Banco Hipotecario tendrán una tasa preferencial durante el primer año:

Requisitos de los créditos UVA del Banco Hipotecario:


¿Quiénes pueden solicitar el Crédito UVA?


Empleados bajo relación de dependencia.


Personas que trabajan en forma independiente, (régimen de ganancias o monotributo) o Jubilados.

Todos los requisitos

.No registrar antecedentes desfavorables en Banco Hipotecario ni en el Sistema Financiero.
.Edad para acceder al crédito: Mínima 18 años, Máxima 65 años al otorgamiento.
.Edad máxima al cancelar el crédito: 75 años.
.Ingreso mínimo: 1 SMVM (salario mínimo vital móvil), puede sumar ingresos con su cónyuge o conviviente.
.Antigüedad laboral mínima: relación de dependencia: 1 año, independientes: 1 año.
.Relación cuota ingreso: hasta 25% del ingreso neto, del o los solicitantes. Sujeto a evaluación crediticia.


Documentación personal:

.D.N.I., L.C. o L.E. de los titulares.
.Constancia de CUIL / CUIT.
.Comprobante de un servicio a nombre del titular correspondiente al último período facturado.


Estado civil:

.CASADO: Libreta de Matrimonio.
DIVORCIADO: Sentencia de divorcio.
.SEPARADOS: Separación legal inscripta en el Juzgado Civil correspondiente.
.NOVIOS: No es necesario acreditar vinculo, siempre que los integrantes de la pareja tengan hasta 35 años (inclusive) y que ambos solicitantes deberán ser titulares del inmueble a hipotecar. (solo aplica a destinos Adquisición y Construcción)
.CONVIVIENTES: Constancia de inscripción de unión convivencial o contrato de alquiler vigente a nombre de ambos titulares ó cuando tengan hijos en común, partida de nacimiento de los hijos, ó Facturas de servicios y/ o resúmenes de productos bancarios, donde se verifique la coincidencia de domicilio para ambos solicitantes.

Documentación justificatoria de ingresos:

Para personas en relación de dependencia:

Últimos 6 recibos de sueldo. Certificado de empleo. En papel membretado, con la firma del cargo del firmante, certificada por entidad bancaria y los siguientes datos del empleado: nombre y apellido, tipo y N° de documento, CUIL, fecha de ingreso, cargo y/o función, tipo de contratación, remuneración mensual bruta y neta.

Para personas independientes:

  • PROFESIONAL: Matrícula profesional o título habilitante. COMERCIANTE: Habilitación municipal.- Comprobante de inicio de actividades frente a AFIP.

Régimen ganancias:

  • Última declaración jurada de impuesto a las ganancias y comprobante de pago correspondiente o Certificacion de ingresos y manisfestación de bienes realizada por Contador Público con su correspondiente sello y matrícula, certificada por Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que contenga la siguiente información: Nombre y Apellido, CUIL o CUIT y domicilio. Actividad que desarrolla (si es profesional, Deberá consignar y adjuntar la matrícula o título habilitante) Detalle de ingresos (valor anualizado) del período certificado, información de Ingresos Brutos, Información detallada de la documentación utilizada como fuente de información y respaldo (facturas/recibos/contratos,etc.). En caso de rentas de 1° categoría indicar a que corresponde adjuntar título de propiedad/contrato de locación.

Régimen monotributo:

  • Comprobante de adhesión al monotributo.
  • Comprobantes de los pagos del monotributo de los últimos 3 meses o declaración y comprobantes de pago de ingresos brutos correspondientes a los últimos 12 meses.

Jubilados para refacción:

  • Últimos 3 recibos de haberes.
  • Documentación del inmueble
  • Fotocopia del título de la propiedad.
  • Comprobante del Impuesto Inmobiliario o Municipal de la propiedad a tasar donde figure la nomenclatura catastral.
  • Reglamento de copropiedad o plano de subdivisión (sólo para PH o Dptos.)
  • Fotocopia de reserva o boleto.

Contacto: mensajes@jachalmagazine.com.ar

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Sociedad y Economía

Casi 6 millones de argentinos están en mora: la deuda familiar en niveles críticos

La morosidad llegó al 12,94% y casi 6 millones de argentinos tienen atrasos de más de 90 días. Las refinanciaciones ya suman $2,6 billones.

El endeudamiento de los hogares volvió a encender señales de alerta en julio. Según estimaciones de la consultora 1816, basadas en datos de la Central de Deudores del Banco Central (CENDEU), casi 6 millones de argentinos acumulan atrasos superiores a 90 días en el pago de sus obligaciones financieras. La cifra representa el 28% de los 20,8 millones de deudores registrados y anticipa parte del diagnóstico que el BCRA difundirá en su próximo Informe de Bancos.

El relevamiento muestra que la morosidad de los hogares trepó al 12,94% dentro del sistema bancario, un salto significativo si se compara con octubre de 2024, cuando la irregularidad apenas alcanzaba el 2,5%. El deterioro se extendió a 23 de los 30 principales bancos, lo que evidencia que el fenómeno ya afecta a buena parte del sistema financiero.

Ante las dificultades para afrontar los compromisos, las refinanciaciones alcanzaron un nivel récord de $2,6 billones, equivalente al 3,7% del total de crédito otorgado a las familias. Estas reestructuraciones podrían contribuir a reducir la mora en los próximos meses, aunque el proceso es lento: un deudor refinanciado continúa figurando como moroso hasta que se regulariza completamente su situación.

Bancos y fintech ya pueden debitar deudas: qué permite y qué prohíbe el Banco Central

Fuera del sistema bancario, el panorama es aún más complejo. Entre las entidades no financieras de crédito, la morosidad escaló al 33,69%, con Mercado Pago y Tarjeta Naranja concentrando el 54% del mercado analizado. Este segmento, que incluye billeteras digitales y emisoras de tarjetas, suele tener perfiles de clientes más sensibles a los cambios económicos y con menor acceso a financiamiento tradicional.

El informe también revela que la mitad de las personas con atrasos superiores a 90 días deben menos de $626.000, un monto que, sin embargo, adquiere un peso considerable frente a los ingresos actuales: según datos del INDEC, la mitad de los trabajadores ocupados percibe menos de $800.000 mensuales.

Desde la consultora 1816 señalaron que el aumento de la morosidad no implica necesariamente que la economía en su conjunto no pueda crecer, pero advirtieron que la magnitud del problema convierte al endeudamiento irregular en un factor crítico para millones de hogares, con impacto directo en su capacidad de consumo y en la estabilidad del sistema financiero.

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Sociedad y Economía

Bancos y fintech ya pueden debitar deudas: qué permite y qué prohíbe el Banco Central

El BCRA habilitó un nuevo mecanismo para cobrar deudas impagas, pero aclaró que no habrá débitos automáticos sin consentimiento y que ciertos fondos quedan excluidos del sistema.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) puso en marcha este lunes el nuevo sistema de Cobros por Transferencia, un mecanismo que habilita a bancos y fintech a debitar automáticamente cuotas impagas de préstamos de consumo. La medida apunta a reducir la morosidad en el sector financiero, aunque incorpora una serie de límites y condiciones para garantizar la protección de los usuarios.

El sistema no permite extracciones indiscriminadas ni habilita a las entidades a revisar todas las cuentas del cliente. Para que el débito pueda ejecutarse, el usuario debe haber otorgado una autorización previa, expresa y revocable, y el cobro solo puede realizarse sobre la misma cuenta donde se acreditó originalmente el préstamo. De esta manera, el BCRA busca evitar prácticas abusivas y preservar la trazabilidad del crédito.

La normativa establece parámetros estrictos para el funcionamiento del sistema. Las cuotas deben ser fijas y no pueden superar el 30% de los ingresos declarados por el cliente. Además, las entidades están obligadas a notificar con un día de anticipación cada intento de cobro, y el mecanismo contempla un esquema de tres intentos: uno inicial y dos reintentos automáticos a las 48 y 96 horas.

Los cambios que propone el Gobierno en la Carta Orgánica del Banco Central

Otro punto central es la protección de determinados fondos. El débito no puede aplicarse sobre cuentas remuneradas, fondos comunes de inversión, ni sobre saldos destinados a la compra de dólar MEP, que quedan excluidos del sistema. Tampoco se permite el cobro de intereses moratorios mediante esta vía, lo que evita que el mecanismo se convierta en una herramienta de presión financiera.

Si bien las entidades financieras solicitaron postergar la implementación, el Banco Central ratificó la fecha límite y exigió que bancos y billeteras digitales adapten su infraestructura tecnológica. No obstante, el uso del sistema en cada crédito quedará a criterio de cada institución, que podrá decidir si activa o no el mecanismo en función de su política comercial y del perfil del cliente.

Con esta medida, el BCRA busca equilibrar la necesidad de reducir la morosidad con la obligación de proteger a los usuarios, estableciendo un esquema de cobro automatizado pero regulado, que evita extracciones sorpresivas y garantiza transparencia en cada operación.

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Sin acuerdo en el Consejo del Salario: la CGT pidió $911.000 y los empresarios $400.000

Sin acuerdo entre gremios y empresarios, el Gobierno definirá el nuevo salario mínimo. La CGT pidió $911.000 y los empleadores ofrecieron $400.000.

La reunión del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) realizada este viernes terminó sin acuerdo entre los representantes sindicales, empresariales y del Estado, por lo que el Gobierno nacional será quien defina por resolución el nuevo monto del salario mínimo. La falta de consenso volvió a repetirse, tal como ocurrió en las últimas convocatorias.

Durante el encuentro, la CGT planteó la necesidad de fijar un piso de $911.000, mientras que el sector empresario ofreció $400.000, una cifra muy por debajo de la propuesta sindical. Ante la distancia entre ambas posiciones, la negociación quedó trunca y el Gobierno deberá establecer el nuevo valor.

Actualmente, el salario mínimo es de $376.600, monto que surge del cronograma de aumentos acordado en noviembre de 2025. Este valor funciona como referencia para remuneraciones básicas y también para la actualización de programas sociales, subsidios y prestaciones.

La CGT desafía a Milei con un paro general en medio de tensiones internas y presión oficial

Aunque el tema no estuvo formalmente en la agenda, la discusión se dio en medio de la intención del Gobierno de que los salarios mínimos de bolsillo se acerquen a los $800.000, lo que implicaría un bruto cercano a $1.100.000. La Secretaría de Trabajo había dejado trascender esta meta en las horas previas al encuentro.

Una reunión virtual y con tensiones previas

El Consejo volvió a sesionar de manera virtual, pese al pedido de la CGT de retomar la presencialidad. El Gobierno no accedió al reclamo y mantuvo el formato por Zoom.

Participaron representantes de la UIA, la CAC, la CGT, la CTA Autónoma, la CTA de los Trabajadores y asesores técnicos de todas las organizaciones.

Críticas de ATE

Tras el fracaso de la negociación, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, cuestionó duramente el proceso y la postura empresarial. Señaló que los empleadores propusieron aumentos de apenas 1,8% para septiembre y 1,7% para octubre, y afirmó que “este Gobierno terminó convirtiendo al salario mínimo en un subsidio”.

Aguiar sostuvo que el Consejo “debiera ser la paritaria de los que no tienen paritarias”, pero que hoy “deja desprotegidos al 40% de los trabajadores”. También calificó al SMVM como “de indigencia” y criticó que el organismo “se reúne solo para convalidar lo que los grandes empresarios ya acordaron con el Gobierno”.

Qué viene ahora

Con el fracaso del diálogo, el Gobierno deberá fijar el nuevo salario mínimo mediante resolución administrativa. La definición será clave para actualizar programas sociales y para el impacto en los ingresos de trabajadores no registrados o con convenios que toman el SMVM como referencia.

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