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La Corte ordenó que Cristina Kirchner debe ir a juicio por el Pacto con Irán

La Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar los recursos de Cristina Kirchner en la causa que inició con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, lo que la conduce directamente al juicio oral y público acusada del delito de encubrimiento agravado del atentado de la AMIA. En otra resolución, coincidieron con la defensa de la ex vice y consideraron que la causa por las operaciones con el Dólar Futuro no debe ser juzgada.

A pocas semanas de que se modifique su conformación, cuando el ministro Juan Carlos Maqueda cumpla los 75 años, la Corte Suprema firmó dos fallos vinculados a causas que tienen como principal acusada a Cristina Kirchner.

La primera de las decisiones responde a la causa conocida como Pacto con Irán. Este expediente representa el juicio de mayor trascendencia internacional contra la ex vicepresidenta.

En este debate, que debe realizarse después del fallo de la Sala I de la Casación Federal de reabrir el caso, ahora ratificado por la Corte, se juzgará el supuesto intento de encubrir a los cinco imputados iraníes acusados de como autores intelectuales del atentado a la AMIA a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, hecho que denunció en el 2015 el fallecido fiscal Alberto Nisman. El atentado fue perpetrado en julio de 1994 por un comando de la Jihad islámica del Hezbollah, y causó la muerte de 85 personas.

La causa fue elevada a juicio oral en 2018 y, radicada en el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8), no tuvo grandes avances hasta el 7 de octubre de 2021, cuando firmó el sobreseimiento de la vice y los demás acusados al considerar que había elementos nuevos que se incorporaban al caso y que beneficiaban a Cristina: la aparición de prueba nueva es una de las excepciones que el Código Procesal Penal contempla para anular un caso y no realizar el juicio, la tarea por naturaleza de los Tribunales Orales.

Ese criterio fue revertido por la Sala I del máximo tribunal penal, que ordenó la reapertura del expediente y el sorteo de un nuevo Tribunal, apartando a los jueces Daniel Obligado, José Michilini y la jueza Gabriela López Íñiguez, que había firmado el cuestionado sobreseimiento.

Cristina y los demás acusados acudieron a la Corte para revertir ese planteo y así evitar el juicio oral y público. Fueron justamente esos recursos los que fueron rechazados este jueves, dejando firme la decisión de la Casación de que todos deberán comparecer ante un Tribunal.

La Corte consideró que el de Cristina era un recurso inadmisible, ya que lo que se apelaba no es una sentencia definitiva. Con el voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y los votos concurrentes de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó el planteo por unanimidad.

Las impugnaciones fueron rechazadas por la Corte por motivos formales, de modo que no ingresó al análisis y valoración de las pruebas incorporadas a la investigación.

En el voto de Rosatti y Maqueda, al que adhirió Rosenkrantz con excepción de uno de sus considerandos, se entendió que el recurso “no satisface los recaudos exigidos por la ley 48 para su admisibilidad formal, lo que impide a este Tribunal examinar el fondo de la cuestión, sobre la cual no emitirá pronunciamiento alguno”.

El juez Lorenzetti se diferenció de sus colegas, pues entendió que “es contradictorio afirmar que el recurso adolece de falta de fundamentación y luego contestar los fundamentos, adelantando opinión sobre cuestiones que hacen al fondo de la cuestión”.

Rosenkrantz explicó que “la expresión de las razones por las cuales se declara inadmisible el recurso” encuentra una extensa tradición en la Corte, que se remonta a los inicios de su existencia y llega hasta nuestros días. “Existe una inveterada tradición de este Tribunal de explicitar, en los casos en los que lo estima conveniente, por qué se rechaza un recurso aun cuando ello se haga en virtud de la falta de fundamentación o de la falta de satisfacción del requisito de sentencia definitiva, o de otros requisitos previstos por la ley 48”.

Cuando el caso se reabrió, los camaristas fueron determinantes al señalar en el fallo que las acusaciones vertidas en el expediente responden a una hipótesis delictual que debe discutirse en un juicio y al concluir ese proceso, será el Tribunal a cargo el que determine la comisión de un delito o no.

En este sentido indicaron que la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman se basaba en una hipótesis delictiva y no discutía la potestad del Poder Ejecutivo de firmar un Memorándum de Entendimiento. Lo que se cuestionó fue la intención que persiguió tal medida bajo la presunción de que respondió al presunto encubrimiento de los ciudadanos iraníes, responsables del atentado terrorista de la AMIA.

Cristina Kirchner había sostenido ante la Corte que “lo decidido supone la indebida judicialización de actos de naturaleza estrictamente política que, como tales, se encuentran exentos de revisión por parte del Poder Judicial”.

Sin embargo, el máximo tribunal señaló que “la Sala I de la Cámara Federal de la Casación Penal sostuvo que la hipótesis delictiva postulada por las acusaciones no se reducía a la suscripción de un tratado internacional, sino que tal circunstancia debía ser valorada en conjunto con las negociaciones realizadas por ‘canales paralelos’ a los carriles funcionales y que vehiculizaban el fin ilícito sostenido por las acusaciones, consistente en dotar de impunidad a los ciudadanos iraníes a los que se les atribuye el atentado a la AMIA”.

Sin gravedad institucional


En su voto compartido los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, plantearon que el recurso de la ex Presidenta “es errado al señalar la ausencia de deliberación, que surge asentada en forma expresa del fallo impugnado”.

Al sustentar este criterio, los ministros señalaron que al analizar la queja, “tampoco surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgada en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva en los términos en que lo ha reconocido la jurisprudencia del Tribunal”.

Tampoco encontraron fundamentado otra de las quejas de Cristina que refería a la gravedad institucional ocasionada por este caso y su tramitación. “La gravedad institucional se vincula con la trascendencia de la sentencia apelada y, en su caso, con la necesidad impostergable de que esta Corte haga una declaratoria sobre el punto en discusión”.

El máximo tribunal fue más allá y enfatizó que “no toda decisión dictada en un caso de trascendencia es en sí misma trascendente, ni reviste gravedad institucional”.

Los acusados son Cristina Kirchner, Eduardo Zuain, Oscar Parrilli, Carlos Zannini, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Jorge Khalil, Luis D’Elía y Fernando Esteche. También fue procesado el fallecido ex canciller Héctor Timerman.

Clarín

Contacto: mensajes@jachalmagazine.com.ar

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Milei endurece la política por Malvinas y anuncia una base naval en Tierra del Fuego

Milei anunció una base naval en Tierra del Fuego y sanciones más duras a petroleras que operen en Malvinas, en medio del avance del proyecto Sea Lion.

El presidente Javier Milei anunció este jueves una serie de medidas destinadas a reforzar la posición argentina en la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, en un mensaje transmitido por cadena nacional que volvió a colocar el tema en el centro de la agenda política. Entre los anuncios más relevantes se encuentran la construcción de una base naval en Tierra del Fuego y un endurecimiento de las sanciones contra las empresas petroleras extranjeras que operan en el área bajo administración británica.

El mandatario confirmó que enviará al Congreso un paquete de proyectos de ley orientado a fortalecer las herramientas diplomáticas, económicas y legales del Estado argentino frente a las actividades de explotación de recursos naturales en la zona en disputa. “Las Malvinas son argentinas por historia y por derecho”, sostuvo Milei al abrir su mensaje, y remarcó que el reclamo debe estar acompañado por acciones concretas y sostenidas en el tiempo.

La decisión se produce en un contexto marcado por el avance del proyecto petrolero Sea Lion, una iniciativa de explotación offshore impulsada por las compañías Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum, que prevé inversiones millonarias y una producción estimada de 50.000 barriles diarios a partir de 2028. Ambas empresas ya fueron sancionadas por Argentina en años anteriores por operar sin autorización en un área alcanzada por la disputa de soberanía.

Milei declaró $295 millones en bienes y una deuda bancaria por primera vez

El Gobierno argentino considera que el desarrollo del proyecto constituye una explotación unilateral de recursos naturales y recordó que Rockhopper fue declarada clandestina en 2012, mientras que Navitas recibió una sanción similar en 2022. En las últimas horas, el medio británico The Telegraph informó que las perforaciones podrían comenzar en los próximos meses, lo que incrementó la tensión diplomática.

El anuncio de Milei también se inscribe en un escenario internacional en movimiento. Días atrás, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, fue consultado sobre la posición de Washington respecto al conflicto y dejó abierta la posibilidad de revisar la histórica neutralidad estadounidense. La respuesta generó reacciones inmediatas del Reino Unido y de la administración británica de las islas, que reafirmaron su postura sobre la soberanía y el derecho de autodeterminación de los habitantes del archipiélago.

La construcción de una base naval en Tierra del Fuego, según explicó Milei, busca fortalecer la presencia argentina en el Atlántico Sur y dotar al Estado de infraestructura estratégica para la defensa y el control de los recursos naturales. El Gobierno también anticipó que las nuevas sanciones alcanzarán no solo a las petroleras involucradas, sino también a proveedores, contratistas y empresas vinculadas al desarrollo del proyecto Sea Lion.

Con estas medidas, la administración nacional busca trasladar el reclamo por Malvinas al plano legislativo y reforzar las herramientas con las que pretende intervenir frente al avance de actividades económicas en el área en disputa. El paquete de leyes será debatido en el Congreso en las próximas semanas, en un contexto donde la cuestión Malvinas vuelve a ocupar un lugar central en la política exterior argentina.

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Milei declaró $295 millones en bienes y una deuda bancaria por primera vez

Javier Milei presentó su declaración jurada 2025 y declaró un patrimonio de $295,2 millones, un aumento nominal del 43%. También se conocieron las declaraciones de Karina Milei y Luis Caputo, con incrementos significativos en sus bienes.

El presidente Javier Milei presentó ante la Oficina Anticorrupción su declaración jurada correspondiente al año 2025, en la que se observa un incremento nominal del 43,3% en su patrimonio durante su segundo año de gestión. Según el documento, los bienes, depósitos y dinero declarados pasaron de $206 millones al inicio de 2025 a $295,2 millones al cierre del mismo período. En términos dolarizados, la variación fue mínima debido al efecto del tipo de cambio.

El aumento patrimonial se explica principalmente por la revaluación de activos ya existentes, dado que Milei no incorporó bienes nuevos. Su departamento de 100 metros cuadrados en la Ciudad de Buenos Aires duplicó su valuación, pasando de $38,4 millones a $73,5 millones. En tanto, sus dos vehículos una Mercedes Benz Sprinter y un Peugeot RCZ Coupé mantuvieron los valores declarados el año anterior.

También se registró un incremento en el valor en pesos de sus tenencias en dólares, producto del salto del tipo de cambio: los US$65.562 depositados en una caja de ahorro y los US$20.000 en efectivo pasaron de valuarse a $1029 por dólar a $1446 hacia fin de año.

En cuanto a ingresos, Milei declaró $81,8 millones, compuestos por renta del trabajo personal y actividades vinculadas a empresas y comercio. Sus gastos personales ascendieron a $66,2 millones. Además, el mandatario informó una deuda de $586.357 con el Banco Supervielle, un pasivo que no figuraba en su declaración del año anterior.

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El patrimonio de Karina Milei

La secretaria de Presidencia, Karina Milei, también presentó su declaración jurada y mostró un incremento patrimonial significativamente mayor en términos porcentuales: su patrimonio pasó de $11,4 millones a $35,3 millones, una suba del 210%. El aumento se explica casi exclusivamente por la revaluación de su vivienda en Vicente López, que pasó de $3,9 millones a $28,1 millones.

La funcionaria declaró ingresos netos por $33,1 millones, todos provenientes de su trabajo personal, y gastos por $33,6 millones. Sus deudas también crecieron levemente, pasando de $841.961 a $969.471, con obligaciones registradas en el ICBC y el Banco Santander. Además, incorporó una cuenta de pago en una billetera virtual por $3,8 millones, que no figuraba en la presentación anterior.

La declaración jurada de Luis Caputo

El ministro de Economía, Luis Caputo, informó un patrimonio que pasó de $11.851 millones a $19.209 millones, lo que representa un aumento del 62% en pesos. Declaró depósitos bancarios por $12.730 millones, de los cuales el 97% se encuentran en el exterior. Solo una cuenta en Estados Unidos concentra $11.739 millones. Caputo también declaró gastos personales por $237 millones durante 2025.

Las tres declaraciones juradas exhiben incrementos patrimoniales significativos en un contexto de alta inflación y revaluación de activos, y forman parte del esquema de transparencia que exige la normativa vigente para funcionarios nacionales.

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Diputados aprobó la Ley de Inocencia Fiscal II y la reforma del BCRA

Diputados aprobó la Ley de Inocencia Fiscal II, que amplía el régimen simplificado de Ganancias, redefine discrepancias y reduce multas para pymes.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles la Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa impulsada por el Gobierno que introduce modificaciones en el régimen tributario y redefine la relación entre los contribuyentes y el Estado frente a eventuales discrepancias fiscales. El proyecto, que ahora deberá continuar su trámite en el Senado, amplía el acceso al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias y establece nuevos criterios de fiscalización.

La norma modifica la ley 27.799 y habilita la adhesión al régimen simplificado a todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, eliminando los límites de ingresos y patrimonio que regían hasta ahora. Además, extiende el plazo para ingresar a los beneficios hasta el 31 de diciembre de 2027, lo que abre una ventana más amplia para quienes buscan regularizar su situación fiscal bajo un esquema de menor complejidad administrativa.

Uno de los puntos centrales de la reforma es la redefinición del concepto de “discrepancia significativa”, el parámetro que habilita a la Administración de Recursos y Control de la Actividad (ARCA) a impugnar una declaración simplificada. A partir de la nueva ley, se considerará discrepancia toda diferencia que implique un aumento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos el 15% respecto de lo declarado por el contribuyente. Este criterio busca establecer un umbral más claro y acotado para las revisiones del organismo.

El Presidente lanzó un paquete de reformas que incluye cambios en el BCRA, regla fiscal y mercado financiero

La iniciativa mantiene las facultades de fiscalización de ARCA sobre contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia recaudatoria, quienes seguirán sujetos a controles más exhaustivos. A la vez, quienes adhieran al régimen deberán canalizar sus operaciones a través del sistema financiero formal y utilizar medios de pago autorizados por el Banco Central (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV), reforzando la trazabilidad de las transacciones.

Durante el debate legislativo, se incorporó otro cambio relevante: la reducción del 25% en las multas por infracciones formales para pequeñas y medianas empresas, una medida que busca aliviar la carga sancionatoria sobre el sector y fomentar la regularización voluntaria.

Según fuentes parlamentarias, la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal II constituye uno de los avances legislativos que el Gobierno esperaba lograr en la sesión, junto con la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central. Con la media sanción obtenida, el proyecto deberá ser tratado ahora en el Senado, donde continuará el debate sobre su alcance y aplicación.

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