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La Corte ordenó que Cristina Kirchner debe ir a juicio por el Pacto con Irán

La Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar los recursos de Cristina Kirchner en la causa que inició con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, lo que la conduce directamente al juicio oral y público acusada del delito de encubrimiento agravado del atentado de la AMIA. En otra resolución, coincidieron con la defensa de la ex vice y consideraron que la causa por las operaciones con el Dólar Futuro no debe ser juzgada.

A pocas semanas de que se modifique su conformación, cuando el ministro Juan Carlos Maqueda cumpla los 75 años, la Corte Suprema firmó dos fallos vinculados a causas que tienen como principal acusada a Cristina Kirchner.

La primera de las decisiones responde a la causa conocida como Pacto con Irán. Este expediente representa el juicio de mayor trascendencia internacional contra la ex vicepresidenta.

En este debate, que debe realizarse después del fallo de la Sala I de la Casación Federal de reabrir el caso, ahora ratificado por la Corte, se juzgará el supuesto intento de encubrir a los cinco imputados iraníes acusados de como autores intelectuales del atentado a la AMIA a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, hecho que denunció en el 2015 el fallecido fiscal Alberto Nisman. El atentado fue perpetrado en julio de 1994 por un comando de la Jihad islámica del Hezbollah, y causó la muerte de 85 personas.

La causa fue elevada a juicio oral en 2018 y, radicada en el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8), no tuvo grandes avances hasta el 7 de octubre de 2021, cuando firmó el sobreseimiento de la vice y los demás acusados al considerar que había elementos nuevos que se incorporaban al caso y que beneficiaban a Cristina: la aparición de prueba nueva es una de las excepciones que el Código Procesal Penal contempla para anular un caso y no realizar el juicio, la tarea por naturaleza de los Tribunales Orales.

Ese criterio fue revertido por la Sala I del máximo tribunal penal, que ordenó la reapertura del expediente y el sorteo de un nuevo Tribunal, apartando a los jueces Daniel Obligado, José Michilini y la jueza Gabriela López Íñiguez, que había firmado el cuestionado sobreseimiento.

Cristina y los demás acusados acudieron a la Corte para revertir ese planteo y así evitar el juicio oral y público. Fueron justamente esos recursos los que fueron rechazados este jueves, dejando firme la decisión de la Casación de que todos deberán comparecer ante un Tribunal.

La Corte consideró que el de Cristina era un recurso inadmisible, ya que lo que se apelaba no es una sentencia definitiva. Con el voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y los votos concurrentes de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó el planteo por unanimidad.

Las impugnaciones fueron rechazadas por la Corte por motivos formales, de modo que no ingresó al análisis y valoración de las pruebas incorporadas a la investigación.

En el voto de Rosatti y Maqueda, al que adhirió Rosenkrantz con excepción de uno de sus considerandos, se entendió que el recurso “no satisface los recaudos exigidos por la ley 48 para su admisibilidad formal, lo que impide a este Tribunal examinar el fondo de la cuestión, sobre la cual no emitirá pronunciamiento alguno”.

El juez Lorenzetti se diferenció de sus colegas, pues entendió que “es contradictorio afirmar que el recurso adolece de falta de fundamentación y luego contestar los fundamentos, adelantando opinión sobre cuestiones que hacen al fondo de la cuestión”.

Rosenkrantz explicó que “la expresión de las razones por las cuales se declara inadmisible el recurso” encuentra una extensa tradición en la Corte, que se remonta a los inicios de su existencia y llega hasta nuestros días. “Existe una inveterada tradición de este Tribunal de explicitar, en los casos en los que lo estima conveniente, por qué se rechaza un recurso aun cuando ello se haga en virtud de la falta de fundamentación o de la falta de satisfacción del requisito de sentencia definitiva, o de otros requisitos previstos por la ley 48”.

Cuando el caso se reabrió, los camaristas fueron determinantes al señalar en el fallo que las acusaciones vertidas en el expediente responden a una hipótesis delictual que debe discutirse en un juicio y al concluir ese proceso, será el Tribunal a cargo el que determine la comisión de un delito o no.

En este sentido indicaron que la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman se basaba en una hipótesis delictiva y no discutía la potestad del Poder Ejecutivo de firmar un Memorándum de Entendimiento. Lo que se cuestionó fue la intención que persiguió tal medida bajo la presunción de que respondió al presunto encubrimiento de los ciudadanos iraníes, responsables del atentado terrorista de la AMIA.

Cristina Kirchner había sostenido ante la Corte que “lo decidido supone la indebida judicialización de actos de naturaleza estrictamente política que, como tales, se encuentran exentos de revisión por parte del Poder Judicial”.

Sin embargo, el máximo tribunal señaló que “la Sala I de la Cámara Federal de la Casación Penal sostuvo que la hipótesis delictiva postulada por las acusaciones no se reducía a la suscripción de un tratado internacional, sino que tal circunstancia debía ser valorada en conjunto con las negociaciones realizadas por ‘canales paralelos’ a los carriles funcionales y que vehiculizaban el fin ilícito sostenido por las acusaciones, consistente en dotar de impunidad a los ciudadanos iraníes a los que se les atribuye el atentado a la AMIA”.

Sin gravedad institucional


En su voto compartido los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, plantearon que el recurso de la ex Presidenta “es errado al señalar la ausencia de deliberación, que surge asentada en forma expresa del fallo impugnado”.

Al sustentar este criterio, los ministros señalaron que al analizar la queja, “tampoco surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgada en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva en los términos en que lo ha reconocido la jurisprudencia del Tribunal”.

Tampoco encontraron fundamentado otra de las quejas de Cristina que refería a la gravedad institucional ocasionada por este caso y su tramitación. “La gravedad institucional se vincula con la trascendencia de la sentencia apelada y, en su caso, con la necesidad impostergable de que esta Corte haga una declaratoria sobre el punto en discusión”.

El máximo tribunal fue más allá y enfatizó que “no toda decisión dictada en un caso de trascendencia es en sí misma trascendente, ni reviste gravedad institucional”.

Los acusados son Cristina Kirchner, Eduardo Zuain, Oscar Parrilli, Carlos Zannini, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Jorge Khalil, Luis D’Elía y Fernando Esteche. También fue procesado el fallecido ex canciller Héctor Timerman.

Clarín

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El Senado avaló el pliego de Michelli pese al rechazo del Gobierno Nacional

El Senado de la Nación aprobó el pliego de Verónica Michelli, candidata a vocal del Tribunal Oral de La Plata, cuya designación había sido objetada por el Gobierno Nacional por su vínculo familiar con el periodista Hugo Alconada Mon.

La decisión, respaldada por una amplia mayoría, representó un revés político para el presidente Javier Milei, quien había manifestado su rechazo a la postulación.

El pliego obtuvo 44 votos a favor, aportados por el peronismo, bloques dialoguistas y el senador libertario Francisco Paoltroni. En contra se pronunciaron 18 legisladores de La Libertad Avanza, mientras que la jefa del bloque oficialista, Patricia Bullrich, y la radical chaqueña Silvina Schneider optaron por abstenerse. Entre las ausencias se registraron las de Luis Juez, Alejandra Vigo, Mariano Recalde, Adán Bahl, Marcelo Lewandowski y María Florencia López.

La aprobación del pliego se produjo en un contexto de fuerte tensión parlamentaria. El oficialismo había intentado incluir 73 pliegos en el temario, pese a que en la reunión de Labor Parlamentaria se había acordado tratar 50, aunque ese número no quedó asentado en el acta. La maniobra generó un cruce con el interbloque peronista, cuyo presidente, José Mayans, acusó al oficialismo de romper acuerdos de buena fe y exigió que se respetara lo pactado.

La situación derivó en un cuarto intermedio de casi una hora, solicitado por Bullrich, durante el cual se negoció la inclusión del pliego de Michelli. Finalmente, se acordó tratar todos los dictámenes en condiciones de ser debatidos en el recinto.

Bullrich justificó su abstención con un argumento de carácter institucional: “Tengo una objeción de conciencia. Estoy convencida de que no se puede atribuir consecuencias disciplinarias a una persona por una relación familiar. La evaluación que hace el Senado es por los méritos, y estos se han merituado en los distintos pasos”, afirmó.

El caso Michelli había generado controversia luego de que el Gobierno Nacional objetara su postulación por ser cuñada del periodista Hugo Alconada Mon, quien investigó causas de corrupción vinculadas a funcionarios libertarios. La decisión del Senado fue interpretada como un gesto de autonomía frente al Poder Ejecutivo.

En el plano provincial, los tres senadores por Salta votaron de manera dividida: los libertarios Gonzalo Guzmán Coraita y Emilia Orozco rechazaron la designación, mientras que Flavio Royón, de Primero los Salteños, acompañó el pliego.

Con la aprobación legislativa, el futuro de Michelli queda ahora en manos del presidente Milei, quien puede demorar la firma del decreto de designación, lo que postergaría su asunción en el cargo.

La votación dejó expuestas las tensiones internas dentro del oficialismo y el creciente peso de los bloques dialoguistas y opositores en la dinámica parlamentaria. También evidenció la capacidad del Senado para avanzar en decisiones que no necesariamente coinciden con la postura del Poder Ejecutivo.

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El gobierno quiere sancionar la reforma electoral y le pone números a las PASO: “cuestan $250 millones de dólares”

A través del ministro del Interior, Diego Santilli, el oficialismo insiste en la importancia del proyecto.

Para el Gobierno, es vital que este año se trate el proyecto de ley de reforma electoral, que elimina las PASO, entre otros puntos, y el ministro del Interior, Diego Santilli, volvió a mostrarse como uno de los promotores de la sanción al sostener que “la gente no quiere votar tantas veces”.

De acuerdo a lo que supo Agencia Noticias Argentinas, el funcionario se encuentra hablando del tema con los gobernadores dialoguistas con la Casa Rosada sobre esta iniciativa que construyó el asesor Santiago Caputo y que se presentó en abril pasado. Y tiene confianza de que puede ser tratado entre junio y julio, siempre y cuando exista consenso.

En este marco, Santilli realizó declaraciones para marcar la relevancia de que se apruebe en el Parlamento. “La gente no quiere votar tantas veces”, afirmó al defender una reforma que apunta a reducir costos y simplificar el sistema electoral.

Para el integrante de la gestión Jaier Milei le puso números a las primarias obligatorias: dijo que cuestan a los argentinos hasta US$ 250 millones.

Santilli señaló, previo a su participación en el Consejo Federal de Inversiones (CFI) junto a gobernadores, que en el último tiempo la sociedad ha demostrado señales claras de rechazo hacia la multiplicación de instancias electorales.

“Hay una merma en la cantidad de votantes porque la gente no quiere tener tantas elecciones previas”, sostuvo. En ese sentido, afirmó que los argentinos no estarán dispuestos a concurrir a las urnas en reiteradas oportunidades el año que viene.

“Si se sostiene el mismo sistema electoral que ahora, vamos a tener PASO provinciales para gobernadores en las elecciones que se adelanten, PASO para las presidenciales y después las presidenciales. La gente no quiere votar tantas veces”, remarcó.

Por esta suma de motivos, habló de la importancia con el objetivo de eliminar las PASO, reducir costos para el Estado y simplificar el calendario electoral, algo que desde su visión tiene aval de la sociedad.

NA

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La coparticipación repuntó en mayo y cortó una racha de cuatro meses en baja

Las transferencias automáticas a provincias y CABA crecieron en términos reales gracias al fuerte desempeño del Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, el acumulado de 2026 continúa mostrando una caída frente al año pasado y persiste la debilidad en la recaudación del IVA.

Después de cuatro meses consecutivos de retrocesos en términos reales, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires registraron en mayo una mejora en los recursos recibidos por transferencias automáticas de origen nacional. El principal impulso provino de la evolución de la recaudación del Impuesto a las Ganancias, que compensó el deterioro observado en otros tributos.

De acuerdo con estimaciones del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), durante mayo el Gobierno nacional distribuyó $8,04 billones entre las jurisdicciones subnacionales en concepto de coparticipación federal, leyes especiales y compensaciones. Una vez descontado el efecto de la inflación, el incremento real fue del 8,6% interanual.

En la misma dirección, la consultora Politikon Chaco calculó una mejora real del 8,3% respecto de mayo de 2025, mientras que frente a abril los envíos automáticos mostraron un salto del 40,8% en términos reales. Con este resultado, las transferencias lograron revertir la tendencia negativa que se había mantenido desde comienzos de año y registraron su primer crecimiento de 2026.

Si se analiza exclusivamente la coparticipación neta, es decir, sin considerar fondos derivados de leyes complementarias y compensaciones, la mejora habría alcanzado el 9,2% real interanual, según datos elaborados a partir de información de la Dirección Nacional de Asuntos Provinciales.

Desde el IARAF, encabezado por el economista Nadin Argañaraz, explicaron que el desempeño positivo respondió principalmente al comportamiento del Impuesto a las Ganancias, cuya recaudación mostró un crecimiento real del 26,1% frente al mismo mes del año pasado.

En contraste, el IVA continuó mostrando señales de debilidad y registró una caída real del 9,3% interanual, profundizando el deterioro observado en los meses previos. En marzo la baja había sido del 4,3%, mientras que en abril se ubicó en 3,3%, lo que refleja un empeoramiento de la tendencia.

La evolución de este impuesto será uno de los datos clave que se conocerán con el informe de recaudación de mayo que difundirá la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. Ese reporte permitirá determinar con mayor precisión el impacto que tuvieron el consumo interno y el comercio exterior sobre los ingresos tributarios.

Pese al mal desempeño del IVA, la combinación de este tributo con Ganancias -que representa aproximadamente el 96% de la masa coparticipable neta- habría mostrado un crecimiento real conjunto del 10,2% interanual.

Por otra parte, los impuestos internos coparticipables mantuvieron una dinámica negativa y habrían registrado una contracción real del 19,1% respecto de mayo de 2025.

El acumulado del año sigue en terreno negativo

Aunque mayo marcó un cambio de tendencia, el balance de los primeros cinco meses del año continúa siendo desfavorable para las provincias.

Según Politikon Chaco, entre enero y mayo las transferencias automáticas acumulan una reducción real del 3,5% interanual.

Los cálculos del IARAF muestran que las transferencias automáticas totales por coparticipación, leyes especiales y compensaciones alcanzaron los $29,7 billones en los primeros cinco meses de 2026, frente a los $23,09 billones registrados en igual período del año anterior.

Si bien la variación nominal fue del 29,7%, al descontar la inflación se verifica una caída real del 2,4%.

En valores actualizados a precios de mayo, esto implica una pérdida acumulada de aproximadamente $759.084 millones para el conjunto de las jurisdicciones provinciales y la Ciudad de Buenos Aires.

El análisis per cápita revela además diferencias entre distritos. Las menores pérdidas relativas se observaron en Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires y Mendoza. En el extremo opuesto, las jurisdicciones más afectadas fueron Tierra del Fuego, Formosa y La Rioja.

De esta manera, mayo ofreció un alivio para las finanzas provinciales, aunque los números acumulados muestran que la recuperación todavía no alcanza para compensar las pérdidas registradas durante los primeros meses del año.

NA

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