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La Corte ordenó que Cristina Kirchner debe ir a juicio por el Pacto con Irán

La Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar los recursos de Cristina Kirchner en la causa que inició con la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman, lo que la conduce directamente al juicio oral y público acusada del delito de encubrimiento agravado del atentado de la AMIA. En otra resolución, coincidieron con la defensa de la ex vice y consideraron que la causa por las operaciones con el Dólar Futuro no debe ser juzgada.

A pocas semanas de que se modifique su conformación, cuando el ministro Juan Carlos Maqueda cumpla los 75 años, la Corte Suprema firmó dos fallos vinculados a causas que tienen como principal acusada a Cristina Kirchner.

La primera de las decisiones responde a la causa conocida como Pacto con Irán. Este expediente representa el juicio de mayor trascendencia internacional contra la ex vicepresidenta.

En este debate, que debe realizarse después del fallo de la Sala I de la Casación Federal de reabrir el caso, ahora ratificado por la Corte, se juzgará el supuesto intento de encubrir a los cinco imputados iraníes acusados de como autores intelectuales del atentado a la AMIA a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, hecho que denunció en el 2015 el fallecido fiscal Alberto Nisman. El atentado fue perpetrado en julio de 1994 por un comando de la Jihad islámica del Hezbollah, y causó la muerte de 85 personas.

La causa fue elevada a juicio oral en 2018 y, radicada en el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8), no tuvo grandes avances hasta el 7 de octubre de 2021, cuando firmó el sobreseimiento de la vice y los demás acusados al considerar que había elementos nuevos que se incorporaban al caso y que beneficiaban a Cristina: la aparición de prueba nueva es una de las excepciones que el Código Procesal Penal contempla para anular un caso y no realizar el juicio, la tarea por naturaleza de los Tribunales Orales.

Ese criterio fue revertido por la Sala I del máximo tribunal penal, que ordenó la reapertura del expediente y el sorteo de un nuevo Tribunal, apartando a los jueces Daniel Obligado, José Michilini y la jueza Gabriela López Íñiguez, que había firmado el cuestionado sobreseimiento.

Cristina y los demás acusados acudieron a la Corte para revertir ese planteo y así evitar el juicio oral y público. Fueron justamente esos recursos los que fueron rechazados este jueves, dejando firme la decisión de la Casación de que todos deberán comparecer ante un Tribunal.

La Corte consideró que el de Cristina era un recurso inadmisible, ya que lo que se apelaba no es una sentencia definitiva. Con el voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y los votos concurrentes de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó el planteo por unanimidad.

Las impugnaciones fueron rechazadas por la Corte por motivos formales, de modo que no ingresó al análisis y valoración de las pruebas incorporadas a la investigación.

En el voto de Rosatti y Maqueda, al que adhirió Rosenkrantz con excepción de uno de sus considerandos, se entendió que el recurso “no satisface los recaudos exigidos por la ley 48 para su admisibilidad formal, lo que impide a este Tribunal examinar el fondo de la cuestión, sobre la cual no emitirá pronunciamiento alguno”.

El juez Lorenzetti se diferenció de sus colegas, pues entendió que “es contradictorio afirmar que el recurso adolece de falta de fundamentación y luego contestar los fundamentos, adelantando opinión sobre cuestiones que hacen al fondo de la cuestión”.

Rosenkrantz explicó que “la expresión de las razones por las cuales se declara inadmisible el recurso” encuentra una extensa tradición en la Corte, que se remonta a los inicios de su existencia y llega hasta nuestros días. “Existe una inveterada tradición de este Tribunal de explicitar, en los casos en los que lo estima conveniente, por qué se rechaza un recurso aun cuando ello se haga en virtud de la falta de fundamentación o de la falta de satisfacción del requisito de sentencia definitiva, o de otros requisitos previstos por la ley 48”.

Cuando el caso se reabrió, los camaristas fueron determinantes al señalar en el fallo que las acusaciones vertidas en el expediente responden a una hipótesis delictual que debe discutirse en un juicio y al concluir ese proceso, será el Tribunal a cargo el que determine la comisión de un delito o no.

En este sentido indicaron que la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman se basaba en una hipótesis delictiva y no discutía la potestad del Poder Ejecutivo de firmar un Memorándum de Entendimiento. Lo que se cuestionó fue la intención que persiguió tal medida bajo la presunción de que respondió al presunto encubrimiento de los ciudadanos iraníes, responsables del atentado terrorista de la AMIA.

Cristina Kirchner había sostenido ante la Corte que “lo decidido supone la indebida judicialización de actos de naturaleza estrictamente política que, como tales, se encuentran exentos de revisión por parte del Poder Judicial”.

Sin embargo, el máximo tribunal señaló que “la Sala I de la Cámara Federal de la Casación Penal sostuvo que la hipótesis delictiva postulada por las acusaciones no se reducía a la suscripción de un tratado internacional, sino que tal circunstancia debía ser valorada en conjunto con las negociaciones realizadas por ‘canales paralelos’ a los carriles funcionales y que vehiculizaban el fin ilícito sostenido por las acusaciones, consistente en dotar de impunidad a los ciudadanos iraníes a los que se les atribuye el atentado a la AMIA”.

Sin gravedad institucional


En su voto compartido los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, plantearon que el recurso de la ex Presidenta “es errado al señalar la ausencia de deliberación, que surge asentada en forma expresa del fallo impugnado”.

Al sustentar este criterio, los ministros señalaron que al analizar la queja, “tampoco surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgada en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva en los términos en que lo ha reconocido la jurisprudencia del Tribunal”.

Tampoco encontraron fundamentado otra de las quejas de Cristina que refería a la gravedad institucional ocasionada por este caso y su tramitación. “La gravedad institucional se vincula con la trascendencia de la sentencia apelada y, en su caso, con la necesidad impostergable de que esta Corte haga una declaratoria sobre el punto en discusión”.

El máximo tribunal fue más allá y enfatizó que “no toda decisión dictada en un caso de trascendencia es en sí misma trascendente, ni reviste gravedad institucional”.

Los acusados son Cristina Kirchner, Eduardo Zuain, Oscar Parrilli, Carlos Zannini, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Jorge Khalil, Luis D’Elía y Fernando Esteche. También fue procesado el fallecido ex canciller Héctor Timerman.

Clarín

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Politica

Milei envía al Congreso la reforma electoral: elimina las PASO e incorpora Ficha Limpia

El presidente Javier Milei confirmó desde Israel que este miércoles enviará al Congreso su proyecto de reforma electoral, una iniciativa que promete reconfigurar el sistema político argentino al eliminar las PASO, modificar el financiamiento de las campañas e incorporar el postergado proyecto de “Ficha Limpia”.

El anuncio, realizado en medio de una agenda internacional cargada de simbolismo, busca reposicionar al Gobierno en la discusión pública tras semanas marcadas por tensiones internas y cuestionamientos judiciales.

“Se acabó la impunidad, se acabó la joda”, expresó Milei en un mensaje publicado en su cuenta de X, donde adelantó los ejes centrales de la propuesta. La Casa Rosada apuesta a que la incorporación de Ficha Limpia una bandera histórica del PRO permita recomponer puentes con sectores aliados que se habían distanciado tras el escándalo que involucró al vocero presidencial Manuel Adorni y las críticas por la obtención de créditos hipotecarios por parte de funcionarios nacionales.

El corazón de la reforma: adiós a las PASO y cambios en el financiamiento

El proyecto retoma una discusión que el oficialismo ya había impulsado en 2025, cuando logró suspender las primarias de manera excepcional. Esta vez, la intención es avanzar hacia su eliminación definitiva, un objetivo resistido por el kirchnerismo y buena parte del peronismo, que consideran a las PASO una herramienta clave para ordenar la competencia interna y articular un frente opositor de cara a 2027.

El Gobierno también propone modificar el esquema de financiamiento político, con el argumento de reducir el gasto estatal y limitar lo que Milei denomina “la política viviendo del bolsillo de la gente”. La iniciativa se complementa con la incorporación de Ficha Limpia, que impediría ser candidatos a quienes tengan condena en segunda instancia por delitos de corrupción.

La Casa Rosada enfrenta un escenario legislativo complejo. Tal como revelaron medios nacionales, el oficialismo no tenía garantizados los votos para avanzar con la eliminación de las PASO debido al malestar generado por el “costo Adorni”, que erosionó la narrativa anticasta del Gobierno. Dirigentes del PRO, como Jorge Macri, ya habían anticipado su rechazo a abrir el debate.

La inclusión de Ficha Limpia aparece como un gesto hacia esos sectores. Se trata de un proyecto que el PRO defendió durante años y que, paradójicamente, había quedado trabado en el Congreso cuando los libertarios retiraron su apoyo en 2024 y 2025, lo que generó acusaciones cruzadas entre ambos espacios.

En paralelo, Milei busca ordenar su propia interna. Las tensiones entre los sectores más ideológicos cercanos a Santiago Caputo y los operadores políticos que responden a Karina Milei se intensificaron en las últimas semanas, especialmente en la provincia de Buenos Aires. La reforma electoral aparece así como una herramienta para recentrar la agenda y reforzar la conducción de la secretaria general de la Presidencia.

La eliminación de las PASO divide al arco político y anticipa un debate áspero en el Congreso. Mientras el oficialismo sostiene que las primarias son un gasto innecesario y un mecanismo que favorece a “la casta”, la oposición argumenta que suprimirlas debilita la competencia interna y beneficia al Gobierno de cara a una eventual reelección en 2027.

El Presidente regresará este miércoles al país para encabezar la presentación formal del proyecto. La discusión legislativa que se abre no solo definirá el futuro del sistema electoral argentino, sino también el equilibrio de fuerzas dentro del propio oficialismo y su capacidad para sostener alianzas en un año políticamente decisivo.

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El Gobierno presentó un per saltum para que la Corte levante la suspensión de la reforma laboral

El Gobierno nacional presentó un recurso de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia con el objetivo de revertir la suspensión de más de 80 artículos de la reforma laboral.

La presentación fue realizada por la Procuración del Tesoro en representación de la Secretaría de Trabajo y busca que el máximo tribunal intervenga de manera directa en el conflicto judicial iniciado tras la demanda presentada por la CGT.

La medida apunta a dejar sin efecto la cautelar dictada por un juzgado laboral que frenó la aplicación de la Ley de Modernización Laboral en todo el país. Según fuentes oficiales citadas por la Agencia Noticias Argentinas (NA), el Ejecutivo sostiene que el tribunal que dictó la suspensión no tenía competencia para resolver sobre una norma de alcance nacional y que la Corte debe unificar criterios ante un expediente que ya atravesó varias instancias judiciales.

La reforma laboral quedó parcialmente suspendida a finales de marzo y su futuro inmediato depende ahora de la decisión del máximo tribunal. Con esta estrategia, el Gobierno busca acelerar los tiempos procesales y restituir la vigencia de los artículos cuestionados, considerados centrales dentro de su programa económico.

En paralelo, la CGT reiteró sus objeciones a la reforma y anticipó que el debate judicial será extenso. Cristian Jerónimo, integrante del triunvirato de conducción, afirmó que la ley “se extralimitaba” y vulneraba derechos laborales, tal como lo señaló el fallo que otorgó la cautelar. El dirigente también expresó preocupación por la situación económica y productiva, señalando que el país atraviesa una crisis marcada por cierres de empresas, pérdida de empleo y un impacto negativo en la industria nacional.

Mientras el expediente avanza hacia la Corte Suprema, el escenario combina tensiones políticas, cuestionamientos sindicales y un debate jurídico que definirá el alcance de una de las reformas más relevantes impulsadas por el Gobierno.

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Caputo anticipó que la inflación de marzo superará el 3% y una desaceleración desde abril

El dato oficial se conocerá este martes por la tarde, cuando el Indec publique el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

En enero y febrero, la suba de precios había sido de 2,9%, por lo que marzo marcaría una aceleración impulsada principalmente por el impacto internacional del conflicto en Medio Oriente, que elevó el precio del petróleo y presionó sobre combustibles y servicios vinculados al transporte.

Durante una entrevista en la Bolsa de Comercio de Rosario, Caputo explicó que el shock externo afectó a rubros como pasajes aéreos, transporte y educación, este último por su estacionalidad. Aun así, sostuvo que la tendencia comenzará a revertirse desde abril y que la economía ingresará en un proceso de desinflación acompañado por una recuperación de la actividad.

Según el ministro, los próximos meses serán favorables y podrían configurar uno de los mejores períodos económicos de las últimas dos décadas, impulsado según afirmó por cambios estructurales en marcha. Mientras tanto, las consultoras privadas elaboraron sus propias estimaciones para el IPC de marzo. Equilibra calculó una inflación del 3,3% y atribuyó la suba al encarecimiento de los combustibles. Empiria proyectó un 3,2% y anticipó una baja hacia 2,5% en abril. Otras mediciones se ubicaron por debajo del 3%, como las de Libertad y Progreso (2,9%) y C&T Asesores Económicos (2,7%). Para estas últimas, el primer trimestre cerraría con una inflación acumulada cercana al 9% o 10%, en línea con la meta anual del Presupuesto 2026.

El Instituto de Estadística de los Trabajadores (IET) midió un 3,3%, mientras que la consultora OJF estimó un 2,7% y destacó que la inflación núcleo que excluye precios regulados y estacionales se desaceleró hasta el 2%. En el rubro Alimentos y Bebidas, LCG registró un aumento del 2,3%, influido por dos semanas de bajas de precios.

El Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central también ajustó sus proyecciones: los analistas prevén un IPC del 3% para marzo, por encima del 2,5% que estimaban un mes atrás. Incluso el grupo de consultores que mejor anticipó la inflación en los últimos meses proyecta que la suba de precios anual podría ubicarse levemente por encima del registro de 2025, que cerró en 31,5%.

Con el dato oficial a horas de conocerse, el mercado y el Gobierno coinciden en que marzo será un mes de mayor presión inflacionaria, aunque difieren en la velocidad con la que podría consolidarse la desaceleración en los próximos meses.

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